• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: MARIA MERCEDES OTERO ABRODOS
  • Nº Recurso: 172/2024
  • Fecha: 15/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Confirma la sentencia del Juez Penal que condena a un acusado como autor responsable de un delito de extorsión. Acusado que remite a otro, a través de la aplicación whatsapp una serie de mensajes de texto en los que le exige la realización de transferencias bancarias a través de bizum, con la advertencia de que de no hacerlo lo pagaría con sangre, logrando dos envíos de dinero, que efectivamente realiza ante el temor que infundió en la víctima. Presunción de inocencia y prueba de cargo bastante para desactivar la presunción. Valoración de las pruebas por parte del juez que las recibe con inmediación y facultades revisorias del tribunal de apelación. Testimonio de la víctima como prueba de cargo bastante para lograr una convicción de culpabilidad. Corroboración del testimonio que se produce con la incorporación de los mensajes de whatsapp unidos a la causa. Acreditación de la autoría. Juicio de inferencia sobre la intervención del acusado en los hechos de acusación. Delito de extorsión. Consumación. Se trata de un delito de resultado cortado, que se consuma desde que se consigue la realización u omisión del acto o negocio jurídico objeto exigido.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Zaragoza
  • Ponente: NICOLASA GARCIA RONCERO
  • Nº Recurso: 705/2024
  • Fecha: 15/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Tras celebrar juicio oral la Audiencia dicta sentencia absolutoria. En primer lugar analiza los problemas que plantea la cadena de custodia cuya finalidad es garantizar que, desde que se recogen los vestigios relacionados con el delito, hasta que llegan a concretarse como pruebas en el momento del juicio, aquello, sobre lo que recaerá la inmediación, publicidad y contradicción de las partes y el juicio del tribunal, es lo mismo. No existen razones para cuestionar la cadena de custodia de las sustancias intervenidas al constar en la documental obrante en autos informe y documentación sobre la cadena de custodia en relación a las sustancias intervenidas al acusado. En cuanto al delito contra la salud pública se caracteriza por la conducta del agente dirigida a promover, favorecer o facilitar el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas, mediante actos de cultivo, fabricación o tráfico, extendiéndose el tipo a su mera posesión con este último fin. Se tipifica, la mera posesión de drogas tóxicas y estupefacientes si el poseedor destina la droga a los fines de consumo ilegal por terceros. De las pruebas practicadas no se estima probado que el acusado tuviera la sustancia estupefaciente intervenida con la finalidad de destinarla a su venta y obtener un beneficio económico en el mercado ilegal, al no concurrir ningún indicio fuera de la cantidad de droga incautada del que se puede inferir que el acusado se dedicaba al tráfico de tal sustancia.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN RAMON BERDUGO GOMEZ DE LA TORRE
  • Nº Recurso: 2535/2022
  • Fecha: 14/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Para una adecuada valoración del conflicto, la jurisprudencia ha proporcionado dos criterios, el de la pertinencia y el de la relevancia. Por la primera se exige una relación entre las pruebas y el objeto del proceso. La relevancia presenta un doble aspecto: el funcional, relativo a los requisitos formales necesarios para la práctica y desarrollo de la prueba y de la impugnación; y el material, relativo a la potencialidad de la prueba denegada con relación a una alteración del fallo de la sentencia. Los requisitos exigidos para la admisión del motivo por quebrantamiento de forma por indebida denegación de prueba serán: 1º) que la prueba denegada se solicitara en tiempo y forma; 2º) que sea pertinente; 3º) que se deniegue la práctica de la prueba; 4º) que la práctica sea posible por no haberse agotado su potencia acreditativa; 5º) que se formula protesta por la parte proponente contra la denegación. Una vez generalizada la doble instancia penal, en rigor, debe rechazarse en casación, como cuestión nueva, el examen de aquellas cuestiones que no fueron planteadas en apelación, cuando el recurrente pudo hacerlo. El derecho a la obtención de la tutela judicial efectiva en el concreto aspecto de la motivación de la sentencia exige una explicitación suficiente de la concreta pena que se vaya a imponer a la persona concernida. La prohibición de irretroactividad de la norma penal es completada en el ordenamiento español por el principio de aplicación de la norma más favorable
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MANUEL MARCHENA GOMEZ
  • Nº Recurso: 3841/2022
  • Fecha: 14/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La exclusión del testimonio el menor durante las sesiones del plenario no resulta arbitraria puesto que dicha decisión, en el caso de autos, fue adoptada con el apoyo de preceptos encaminados a salvaguardar el interés superior del menor.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: MARIA PILAR LLORENTE VARA
  • Nº Recurso: 1518/2024
  • Fecha: 14/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: la Audiencia confirma la sentencia que condenó a los acusados como autores de un delito de robo con violencia y otro de lesiones concurriendo la circunstancia agravante de alevosía. Presunción de inocencia y prueba de cargo suficiente: doctrina jurisprudencial. Valor del reconocimiento realizado ante la policía y en el acto de juicio. La posesión de los efectos sustraídos y su detención en las cercanías de los hechos como indicios del delito. La agravación por la concurrencia de alevosía: sus requisitos conforme a la doctrina jurisprudencial. El ataque sorpresivo a la víctima desde atrás. La falta de acreditación de la drogadicción para que pueda ser apreciada como circunstancia de exención o atenuación. La expulsión del territorio nacional.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANA MARIA FERRER GARCIA
  • Nº Recurso: 10135/2024
  • Fecha: 13/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Los condenados formulan recurso de casación contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia que confirmó la condena por un delito de asesinato. Defectos en la grabación del plenario. La Sala ratifica que no se ha producido una vulneración del derecho de defensa al no haber quedado cercenada la facultad revisora del órgano de apelación. Sobre esta cuestión, la sentencia destaca que, en el recurso de apelación, no se cuestionó la correspondencia entre los extremos que el Tribunal del Jurado consideró probados y el contenido de las manifestaciones que vertieron los distintos medios de prueba personales practicados en el juicio. Declaraciones prestadas en fase sumarial. El artículo 46.5 de la LOTJ debe ser interpretado de acuerdo con las excepciones establecidas en la doctrina del Tribunal Supremo y Tribunal Constitucional sobre el valor probatorio de las declaraciones prestadas en fase sumarial. Resulta válida la incorporación al acervo probatorio de la declaración de un testigo, que no pudo ser localizado, de acuerdo con el artículo 730 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Clasificación en tercer grado de tratamiento penitenciario. El periodo de seguridad responde a los principios de prevención general como respuesta a determinadas conductas que merecen un mayor reproche penal, de forma que éste no puede quedar diluido vía clasificación penitenciaria.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Sevilla
  • Ponente: LUIS GONZAGA DE ORO-PULIDO SANZ
  • Nº Recurso: 1367/2024
  • Fecha: 13/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Audiencia confirma la sentencia que condenó al acusado como autor de un delito de robo con fuerza. Presunción de inocencia y suficiencia de la prueba de cargo. Función del órgano de apelación ante la alegación de infracción de la presunción de inocencia. La valoración conjunta de la prueba como potestad del juzgador de instancia. La importancia de la inmediación en la práctica probatoria. Valor del reconocimiento fotográfico y en rueda. El reconocimiento en el acto de juicio. La existencia de otros indicios de corroboración. La libertad del juez para otorgar más crédito a la declaración del denunciante que a la versión ofrecida por el acusado queda extramuros del principio de presunción de inocencia, siendo facultad del juzgador dar más credibilidad a uno u otro testimonios.
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Burgos
  • Ponente: LUIS ANTONIO CARBALLERA SIMON
  • Nº Recurso: 143/2024
  • Fecha: 13/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El acusado no viene obligado a acreditar mediante una prueba diabólica de hechos negativos su inocencia, que en todo caso se presume, al amparo de lo previsto en el artículo 24.2 de la CE, pero no es menos cierto que deberá soportar las consecuencias negativas derivadas de su inactividad probatoria o de la falsedad de sus coartadas cuando se cuenta con suficiente prueba en su contra. Omisión dolosa ( artículo 12 CP, con conocimiento de la obligación de pagar y de la voluntariedad en el impago. No todo abono parcial de la deuda conduce a la atipicidad de la conducta, ni ésta se convierte en delictiva cuando lo insatisfecho es de tan escasa importancia en relación con lo pagado que resulta irrelevante para integrar el delito. No afectación del bien jurídico protegido.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: EDUARDO DE PORRES ORTIZ DE URBINA
  • Nº Recurso: 4833/2022
  • Fecha: 13/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La vulneración del derecho a utilizar los medios de prueba pertinentes para la defensa exige que se haya solicitado a los órganos judiciales la práctica de una actividad probatoria, que se haya denegado sin motivación suficiente y que la misma hubiese podido tener una influencia decisiva en la resolución. El control casacional de la vulneración del derecho a la presunción de inocencia únicamente permite la revisión de la legalidad, suficiencia de la prueba y la racionalidad de su valoración. La valoración de la declaración de la víctima deben cumplir unos parámetros, que le otorguen una consistencia necesaria para proporcionar una convicción ausente de dudas, como garantía constitucional. El prevalimiento constituye un conjunto de circunstancias de las que se aprovecha el autor para la realización del hecho delictivo, y deben venir dichas circunstancias descritas en el factum.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Penal
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANDRES MARTINEZ ARRIETA
  • Nº Recurso: 4189/2022
  • Fecha: 13/11/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Se analiza la condena en virtud de un delito contra la salud pública de sustancias que no causan grave daño a la salud y en cantidad de notoria importancia de los arts. 368 y 369.1.5º del Código Penal, con la concurrencia de error vencible de prohibición y la atenuante de dilaciones indebidas como muy cualificada.

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